Legislación › Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
Disposición transitoria segunda. Adaptación de las bases reguladoras.
Disposición transitoria segunda. Adaptación de las bases reguladoras.
Las bases reguladoras de subvenciones que estuvieran publicadas antes de la entrada en vigor de esta ley deberán adaptarse a lo previsto en la misma en el plazo de seis meses a contar desde el día de su entrada en vigor.
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