Legislación › Ley 1/2015, de 1 de abril, de garantía de la calidad de los servicios públicos y de la buena administración.
Artículo 13. Recepción y registro de documentos.
Artículo 13. Recepción y registro de documentos.
La recepción y registro de documentos tiene por objeto la recepción de solicitudes, escritos, comunicaciones, y de los documentos que los acompañen, así como el registro de solicitudes, escritos y comunicaciones y su remisión a los órganos, servicios o unidades destinatarios en los términos previstos reglamentariamente.


