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Legislación › Ley 1/2015, de 1 de abril, de garantía de la calidad de los servicios públicos y de la buena administración.

Disposición final cuarta. Desarrollo normativo.

Disposición final cuarta. Desarrollo normativo.

1. En un plazo no superior a doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, la Administración general de la Comunidad Autónoma desarrollará reglamentariamente las previsiones contenidas en el capítulo I del título I y en el capítulo I del título II.

2. Se habilita al Consejo de la Xunta de Galicia para dictar cuantas otras disposiciones sean necesarias para el desarrollo y la aplicación de lo establecido en esta ley.

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