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Legislación › Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.

Artículo 21. Concepto.

Artículo 21. Concepto.

Tienen la condición de personal funcionario de carrera las personas que, en virtud de nombramiento legal, están vinculadas a la Administración pública por una relación estatutaria regulada por el derecho administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.

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