Legislación › Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.
Disposición transitoria séptima. Período máximo de duración de la licencia para la realización de estudios sobre materias directamente relacionadas con la Administración pública.
Disposición transitoria séptima. Período máximo de duración de la licencia para la realización de estudios sobre materias directamente relacionadas con la Administración pública.
En tanto no se determine reglamentariamente, conforme a lo previsto por el apartado primero del artículo 129, el período máximo de duración de la licencia para la realización de estudios sobre materias directamente relacionadas con la Administración pública regulada en ese artículo será de seis meses.
← Disposición transitoria sexta Índice Disposición transitoria octava →


