Legislación › Orden ECC/953/2015, de 14 de mayo, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.
Artículo 28.
Artículo 28.
Las vacantes se cubrirán por el Pleno en la siguiente sesión que celebre el Pleno. La persona elegida ocupará el cargo por el tiempo que faltare para cumplir el mandato de aquél a quién suceda.


