Legislación › Real Decreto 384/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles.
Artículo 9. Competencia para practicar los asientos registrales y la emisión de certificaciones.
Artículo 9. Competencia para practicar los asientos registrales y la emisión de certificaciones.
La competencia para practicar las inscripciones y anotaciones registrales, así como para la emisión de los correspondientes certificados, corresponde a quien determine el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero.


