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Legislación › Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios.

Disposición transitoria única. Requisitos de personal durante la implantación progresiva de las enseñanzas.

Disposición transitoria única. Requisitos de personal durante la implantación progresiva de las enseñanzas.

En tanto no se implanten en su totalidad cada uno de los estudios universitarios oficiales que vaya a desarrollar la universidad, los requisitos de porcentaje de personal que establece el presente real decreto para las universidades y centros universitarios se entenderán referidos a la totalidad del personal que resulte exigible para la impartición del curso o cursos del correspondiente plan de estudios en proceso de implantación.

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