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Legislación › Ley 5/2014, de 26 de diciembre, de Vivienda Protegida de Cantabria.

Artículo 9. Valor de los terrenos en la promoción de viviendas protegidas.

Artículo 9. Valor de los terrenos en la promoción de viviendas protegidas.

El valor de los terrenos destinados a la promoción de vivienda protegida se determinará mediante decreto del Gobierno teniendo en cuenta el precio máximo de venta de las viviendas protegidas y demás elementos protegidos y el coste de las obras de urbanización.

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