Legislación › Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
Disposición transitoria tercera. Adaptación a la base de datos central.
Disposición transitoria tercera. Adaptación a la base de datos central.
A los efectos de cumplir con lo previsto en el artículo 22, las comunidades autónomas que no se adhieran a la aplicación informática desarrollada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social deberán disponer de una aplicación informática compatible con la que cree este Ministerio en el plazo de un año desde la entrada en vigor del presente real decreto.
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