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Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.

En vigor Ministerio de Empleo y Seguridad Social · Publicada el 20 de junio de 2015 · Último cambio el 13 de enero de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Partes médicos de incapacidad temporal. 2 redacciones · cambió el 13/01/2023
  4. Artículo 2. Tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 3. Expedición de los partes médicos de baja. 2 redacciones · cambió el 13/01/2023
  7. Artículo 4. Expedición de los partes de confirmación de la baja. 2 redacciones · cambió el 13/01/2023
  8. Artículo 5. Informes complementarios.
  9. CAPÍTULO III
  10. Artículo 6. Expedición de partes médicos de alta por el facultativo del servicio público de salud, de la mutua o de la empresa colaboradora. 2 redacciones · cambió el 13/01/2023
  11. Artículo 7. Expedición de altas médicas por los inspectores médicos de los servicios públicos de salud. 2 redacciones · cambió el 13/01/2023
  12. Artículo 8. Expedición de altas médicas por los inspectores médicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social e Instituto Social de la Marina. 2 redacciones · cambió el 13/01/2023
  13. CAPÍTULO IV
  14. Artículo 9. Remisión de datos contenidos en los partes médicos de baja/alta y confirmación, por los servicios públicos de salud, las mutuas y las empresas colaboradoras. 2 redacciones · cambió el 13/01/2023
  15. Artículo 10. Comunicación a las empresas. 2 redacciones · cambió el 13/01/2023
  16. Artículo 11. Tramitación por el empresario. 2 redacciones · cambió el 13/01/2023
  17. Artículo 12. Reglas especiales aplicables a determinados trabajadores. 2 redacciones · cambió el 13/01/2023
  18. Artículo 13. Tramitación por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  19. CAPÍTULO V
  20. Artículo 14. Control por los servicios de inspección médica del servicio público de salud.
  21. Disposición adicional primera. Facultativos e inspectores médicos del Instituto Social de la Marina.
  22. Disposición adicional segunda. Subsidio de incapacidad temporal durante la jubilación parcial.
  23. Disposición adicional tercera. Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
  24. Disposición transitoria única. Procesos en curso.
  25. Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.
  26. Disposición final primera. Título competencial.
  27. Disposición final segunda. Modificación de la Orden de 13 de octubre de 1967, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de la prestación por incapacidad laboral transitoria en el Régimen General de la Seguridad Social.
  28. Disposición final tercera. Facultades de aplicación.
  29. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  30. Firma
  31. ANEXO I
  32. ANEXO II
  33. ANEXO III