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Legislación › Ley 1/2015, de 12 de febrero, del Servicio Regional de Mediación Social y Familiar de Castilla-La Mancha.

Disposición adicional primera. Colaboración de la Administración Regional para la prestación de labores de mediación social y familiar en Castilla-La Mancha.

Disposición adicional primera. Colaboración de la Administración Regional para la prestación de labores de mediación social y familiar en Castilla-La Mancha.

La Administración Regional podrá facilitar la prestación de las labores de mediación social y familiar con entidades públicas o privadas, prioritariamente las de iniciativa social a través de convenios, contratos o cualquier forma de prestación de servicios públicos, salvo en los casos en que de forma preceptiva deba hacerse a través de personal propio.

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