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Legislación › Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.

Artículo 61. Planes de Control Administrativo.

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Artículo 61. Planes Zoosanitarios Cinegéticos. de Control Administrativo.
1. Los Planes Zoosanitarios tendrán como finalidad la prevención, vigilancia y/o control La Consejería elaborará planes de enfermedades en terrenos cinegéticos en unos índices controles administrativos e inspecciones de campo, sin perjuicio de los que pudieran afectar a la fauna silvestre, al ganado doméstico o pueda realizar en cualquier momento, a las personas, por sobrecarga poblacional fin de especies comprobar el cumplimiento de caza mayor o gestión inadecuada a la las actividades reguladas en los instrumentos de planificación del aprovechamiento cinegético.
2. Mediante Orden de la persona titular de la Consejería competente en sanidad animal, se desarrollará el contenido Los titulares de los Planes Zoosanitarios Cinegéticos, de Ordenación Cinegética, así como las condiciones que hagan necesaria su elaboración y cumplimiento en Cotos de Caza cualquier otra persona con cuarteles de caza comercial de especies de caza mayor, obligaciones y/o responsabilidades establecidas en esta ley, están obligadas a colaborar en dicha inspección, proporcionando los que tengan cerramientos cinegéticos datos requeridos y aquellos terrenos donde se comparta facilitando, en su caso, el aprovechamiento acceso al terreno cinegético de especies de caza mayor y sus instalaciones, al personal que realice la ganadería extensiva de bovino, caprino o porcino. inspección.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de abril de 2018 En vigor BOE-A-2018-6000 Leer Qué cambió
1 de abril de 2015 Texto original Leer

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