Legislación › Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
Artículo 66. Investigación, experimentación y colaboración con la Administración.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de abril de 2015 y la del 15 de abril de 2018.
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Artículo 66. Investigación, experimentación y colaboración con la Administración.
La Administración Regional a través de la Consejería podrá establecer acuerdos o convenios con organismos, instituciones públicas y privadas y en particular, federaciones, asociaciones de cazadores, sociedades, asociaciones de propietarios, asociaciones de conservación de la naturaleza, asociaciones de propietarios, sociedades de cazadores, clubes o entidades de análoga naturaleza, con fines científicos, de investigación, experimentación, promoción o comercialización de la caza y para cualquier colaboración en materia cinegética.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de abril de 2018 En vigor | BOE-A-2018-6000 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2015 | Texto original | Leer |


