LexTotal

Legislación › Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.

Artículo 91. Autorización e inscripción en el Registro.

Artículo 91. Autorización e inscripción en el Registro.

1. Reglamentariamente se establecerá el procedimiento a seguir para la emisión de la resolución de autorización de una ECAC, así como la correspondiente remisión al Registro General de Entidades Colaboradoras de Castilla-La Mancha.

2. La resolución de autorización de una ECAC corresponderá a la consejería competente en materia cinegética.

Se añade por la disposición final 6 de la Ley 4/2025, de 11 de julio. BOE-A-2025-18966

← Artículo 90 Índice Disposición adicional primera →