Legislación › Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Se faculta al Consejo de Gobierno para que en el plazo de un año desarrolle reglamentariamente las disposiciones, procedimientos y limitaciones necesarias para la aplicación de la presente ley.


