Legislación › Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.
Artículo 132. Dietas e indemnizaciones.
Artículo 132. Dietas e indemnizaciones.
Los vocales del Comité de Justicia Deportiva de Castilla-La Mancha tendrán derecho a las dietas por asistencia a reuniones y la indemnización por traslado al lugar de la reunión que establezca la Consejería competente en materia de hacienda a propuesta de la Consejería competente en materia de deportes.


