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Legislación › Real Decreto 538/2015, de 26 de junio, por el que se regula la realización de estudios, informes y análisis comparativos sobre productos alimenticios.

Artículo 3. Ficha técnica.

Artículo 3. Ficha técnica.

1. Los estudios, informes y los análisis comparativos se sujetarán a una ficha técnica que el elaborador del estudio enviará junto con los resultados del análisis inicial a los operadores interesados cuyo nombre y dirección figure en el etiquetado.

2. Los elementos obligatorios en la ficha técnica serán los siguientes:

a) Objeto del estudio.

b) Tipo de producto que se está estudiando.

c) Aspectos y características que se están estudiando o comparando.

d) Método de toma de muestras, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.

e) Métodos de análisis utilizados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.

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