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Orden DEF/1265/2015, de 29 de junio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Defensa · Publicada el 30 de junio de 2015 · Último cambio el 28 de julio de 2020 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. Artículo único. Aprobación de la organización del Ejército de Tierra.
  4. Disposición adicional primera. Órganos colegiados. 2 redacciones · cambió el 22/12/2018
  5. Disposición adicional segunda. No incremento del gasto público.
  6. Disposición transitoria única. Unidades existentes.
  7. Disposición final primera. Modificación de la Orden DEF/610/2002, de 8 de marzo, por la que se crea el Centro Internacional de Desminado.
  8. Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
  9. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  10. Firma
  11. ORGANIZACIÓN DEL EJÉRCITO DE TIERRA
  12. CAPÍTULO I
  13. Artículo 1. Organización del Cuartel General.
  14. Artículo 2. El Estado Mayor.
  15. Artículo 3. La Jefatura de los Sistemas de Información, Telecomunicaciones y Asistencia Técnica. 2 redacciones · cambió el 22/12/2018
  16. Artículo 4. El Instituto de Historia y Cultura Militar.
  17. CAPÍTULO II
  18. Sección 1
  19. Artículo 5. Unidades de la Fuerza.
  20. Artículo 6. Organización de la Fuerza.
  21. Sección 2
  22. Artículo 7. Organización del Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad. 2 redacciones · cambió el 22/12/2018
  23. Sección 3
  24. Artículo 8. Organización de la Fuerza Terrestre. 2 redacciones · cambió el 22/12/2018
  25. Artículo 9. El Cuartel General de la Fuerza Terrestre.
  26. Artículo 10. La División «San Marcial». 2 redacciones · cambió el 22/12/2018
  27. Artículo 11. La División «Castillejos». 2 redacciones · cambió el 22/12/2018
  28. Artículo 12. Las Comandancias Generales de Ceuta, Melilla y Baleares.
  29. Artículo 13. Las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra.
  30. Artículo 14. El Mando de Artillería de Campaña.
  31. Artículo 15. El Mando de Artillería Antiaérea.
  32. Artículo 16. El Mando de Ingenieros.
  33. Artículo 17. El Mando de Transmisiones.
  34. Sección 4
  35. Artículo 18. La Fuerza Logística Operativa.
  36. Artículo 19. El Cuartel General de la Fuerza Logística Operativa.
  37. Artículo 20. La Brigada Logística.
  38. Artículo 21. La Brigada de Sanidad. 2 redacciones · cambió el 22/12/2018
  39. Sección 5
  40. Artículo 22. El Mando de Canarias.
  41. CAPÍTULO III
  42. Artículo 23. Unidades tipo en el Apoyo a la Fuerza.
  43. Artículo 24. Organización del Apoyo a la Fuerza.
  44. Artículo 25. El Mando de Personal.
  45. Artículo 26. El Mando de Adiestramiento y Doctrina.
  46. Artículo 27. El Mando de Apoyo Logístico.
  47. Artículo 28. La Inspección General del Ejército de Tierra.
  48. Artículo 29. La Dirección de Asuntos Económicos.