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Orden HAP/1287/2015, de 23 de junio, por la que se determinan la información y procedimientos de remisión que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas tendrá con carácter permanente a disposición de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.

En vigor Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 1 de julio de 2015 · Último cambio el 16 de marzo de 2017 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Acceso general a la información económico-financiera por parte de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.
  4. Artículo 2. Relaciones entre la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Central de información económico-financiera de las Administraciones Públicas. 2 redacciones · cambió el 16/03/2017
  5. Artículo 3. Remisión de documentación objeto de informes
  6. Artículo 4. Medios de remisión de la información.
  7. Artículo 5. Procedimiento para atender los requerimientos de información adicional realizados por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. 2 redacciones · cambió el 16/03/2017
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 6. Información de la Administración Central y de las Administraciones de Seguridad Social en términos de contabilidad nacional.
  10. Artículo 7. Información de ejecución presupuestaria de la Administración Central y sus Organismos.
  11. Artículo 8. Información relativa a los Presupuestos Generales del Estado y del proceso presupuestario.
  12. Artículo 9. Otra información económico-financiera del sector público estatal.
  13. CAPÍTULO III
  14. Artículo 10. Remisión de Información relativa a las Comunidades Autónomas.
  15. CAPÍTULO IV
  16. Artículo 11. Remisión de Información relativa a las Corporaciones Locales.
  17. CAPÍTULO V
  18. Artículo 12. Información adicional obtenida directamente de una Comunidad Autónoma, Corporación Local u otro Departamento ministerial. 2 redacciones · cambió el 16/03/2017
  19. Artículo 13. Información relativa a las actuaciones en el ámbito internacional.
  20. Disposición adicional única. Publicación de las operaciones no financieras y pasivos contingentes.
  21. Disposición final primera. Incorporación del Derecho de la Unión Europea.
  22. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  23. Firma