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Legislación › Real Decreto 664/2015, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Ferroviaria.

Sección 1

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de julio de 2015 y la del 9 de enero de 2019. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Sección 1. Señales fijas
2ET1.2.1.1. Parada.
Ordena parar ante la misma sin rebasarla.
Para los trenes que circulen con LZB en servicio, la información que reciba el maquinista en cabina, prevalece sobre la indicación de la señal FF7E. FF7I.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de enero de 2019 En vigor BOE-A-2018-285 Leer Qué cambió
19 de julio de 2015 Texto original Leer

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