Legislación › Real Decreto 664/2015, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Ferroviaria.
Sección 3
Sección 3. Conexión y desconexión del sistema
5AP1.1.3.1. Conexión y desconexión del equipo.
La conexión y puesta en marcha del equipo, así como su desconexión, el Maquinista las realizará en cada vehículo de acuerdo con lo que disponga el Manual de Conducción del mismo, seleccionando el tipo de tren acorde con las condiciones del que se vaya a realizar.
Si tras la conexión, puesta en marcha del equipo y efectuado el autotest, este no funcionara correctamente, el Maquinista se atendrá a lo dispuesto en la sección de anormalidades de este documento.
Si el equipo funciona correctamente, el equipo ASFA Digital establece un control de velocidad de 140 km/h o de la velocidad máxima del tren si esta es inferior, denominado control en el arranque.
Una vez finalizada la conexión y puesta en marcha deberá verificarse que se encuentra seleccionado el modo de conducción correspondiente a las condiciones de circulación.
5AP1.1.3.2. Cambio de tipo de tren.
Para cambio de tipo de tren se actuará conforme al Manual de Conducción del vehículo.
El sistema solo permite el cambio de Tipo de tren cuando la selección vaya acompañada de una posterior conexión de cabina.
5AP1.1.3.3. Anulación del equipo.
La anulación suspende la protección ofrecida por el equipo embarcado del sistema ASFA digital.
Para anular el equipo se actuará conforme al Manual de Conducción del vehículo.
5AP1.1.3.4. Cambio de cabina.
El cambio de cabina lo realizará el Maquinista en cada vehículo de acuerdo con lo que disponga el Manual de Conducción del mismo.


