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Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 22 de julio de 2015 · Último cambio el 3 de enero de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Definición y objeto del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 2. Principios ordenadores del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 3. Funcionarios que lo integran.
- Artículo 4. Régimen jurídico.
- Artículo 5. Ingreso y provisión de puestos de los Cuerpos Nacionales del personal con funciones inspectoras.
- Artículo 6. Registro integrado del personal inspector.
- Sección 2
- Artículo 7. Personal técnico y administrativo.
- CAPÍTULO III
- Artículo 8. Derechos.
- Artículo 9. Deberes y código de conducta.
- Artículo 10. Deber de sigilo e incompatibilidades.
- Artículo 11. Formación, promoción y participación en objetivos.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 12. De la función inspectora.
- Artículo 13. Facultades de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social para el desempeño de sus competencias. 2 redacciones · cambió el 28/04/2021
- Artículo 14. Funciones de los Subinspectores Laborales.
- Artículo 15. Garantías en el ejercicio de las funciones inspectoras.
- Artículo 16. Auxilio y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. 2 redacciones · cambió el 02/03/2022
- Artículo 17. Colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 18. De la colaboración con los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- CAPÍTULO II
- Artículo 19. Ámbito de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. 3 redacciones · cambió el 17/12/2020
- Artículo 20. Normas generales, origen de las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y condición de interesado.
- Artículo 21. Modalidades y documentación de la actuación inspectora.
- Artículo 22. Medidas derivadas de la actividad inspectora.
- Artículo 23. Presunción de certeza de las comprobaciones inspectoras.
- Artículo 24. Información del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 25. Cooperación y participación de las Administraciones Públicas.
- Artículo 26. Definición de los servicios y puestos de inspección.
- CAPÍTULO II
- Artículo 27. Creación del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 28. Estructura del Organismo Estatal.
- Artículo 29. El Consejo Rector. 2 redacciones · cambió el 27/06/2020
- Artículo 30. El Consejo General.
- Artículo 31. El Director.
- Artículo 32. Estructura territorial del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- CAPÍTULO III
- Artículo 33. Autoridad Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 34. Comisión Operativa Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 35. Participación institucional.
- Disposición adicional primera. Entrada en funcionamiento efectivo del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Disposición adicional segunda. Estructura del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Disposición adicional tercera. Régimen competencial.
- Disposición adicional cuarta. Integración de servicios y personal.
- Disposición adicional quinta. Cuerpo de Subinspectores Laborales.
- Disposición adicional sexta. Adscripción de los Cuerpos Nacionales del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Disposición adicional séptima. Referencias normativas.
- Disposición adicional octava. Comunidades Autónomas con funciones y servicios traspasados en materia de función pública inspectora.
- Disposición adicional novena. Alta Inspección del Estado en el orden social.
- Disposición adicional décima. Gasto público.
- Disposición adicional undécima. Régimen de incompatibilidades.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de la organización de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio en la atribución de competencias sancionadoras.
- Disposición transitoria tercera. Titulación de acceso a la Escala de Empleo y Seguridad Social del Cuerpo de Subinspectores Laborales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma


