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Legislación › Real Decreto 597/2015, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo.

Disposición final primera. Título competencial.

Disposición final primera. Título competencial.

La competencia para la aprobación de esta norma se basa en el artículo 149.1.3.ª de la Constitución, por el cual le corresponde al Estado la competencia exclusiva sobre «relaciones internacionales».

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