Legislación › Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.
Artículo 58. Duración y cómputo de los efectos.
Artículo 58. Duración y cómputo de los efectos.
La patente tiene una duración de veinte años improrrogables, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y produce sus efectos desde el día en que se publica la mención de que ha sido concedida.


