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Legislación › Real Decreto 593/2015, de 3 de julio, por el que se regula la declaración de notorio arraigo de las confesiones religiosas en España.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Este real decreto es de aplicación a las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas, así como a las Federaciones de las mismas, inscritas en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia.

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