Legislación › Real Decreto 593/2015, de 3 de julio, por el que se regula la declaración de notorio arraigo de las confesiones religiosas en España.
Disposición transitoria única. Régimen aplicable a las solicitudes en trámite.
Disposición transitoria única. Régimen aplicable a las solicitudes en trámite.
Las solicitudes para la declaración de notorio arraigo en España que estuvieran en trámite en la fecha de entrada en vigor de este real decreto se regirán por el procedimiento vigente en el momento de su inicio.
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