Legislación › Real Decreto 740/2015, de 31 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, y se modifica el Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola.
Disposición transitoria segunda. Plantaciones y replantaciones de viñedo y reservas de derechos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de agosto de 2015 y la del 1 de agosto de 2016.
Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
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Disposición transitoria segunda. Plantaciones y replantaciones de viñedo y reservas de derechos.
No obstante lo previsto en la Disposición derogatoria, seguirán aplicándose las disposiciones de los Capítulos II y VII del Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, hasta el 31 de diciembre de 2015. (Sin contenido)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de agosto de 2016 En vigor | BOE-A-2016-7339 | Leer | Qué cambió |
| 2 de agosto de 2015 | Texto original | Leer |
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