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Legislación › Orden DEF/1629/2015, de 30 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército del Aire.

Artículo 3. La Jefatura de Servicios Técnicos y de Sistemas de Información y Telecomunicaciones.

Artículo 3. La Jefatura de Servicios Técnicos y de Sistemas de Información y Telecomunicaciones.

1. La Jefatura de Servicios Técnicos y de Sistemas de Información y Telecomunicaciones se articula en:

a) La Dirección de Sistemas de Información y Telecomunicaciones.

b) La Dirección de Servicios Técnicos.

c) El Centro de Informática de Gestión.

d) La Dirección de Ciberdefensa.

La Dirección de Servicios Técnicos, el Centro de Informática de Gestión y la Dirección de Ciberdefensa tendrán el nivel orgánico que se determine, con arreglo a lo que se establezca en sus correspondientes relaciones de puestos militares.

2. La Dirección de Sistemas de Información y Telecomunicaciones es responsable del planeamiento, control y, en su caso ejecución, de lo relacionado con los sistemas corporativos y de mando y control de los sistemas de información y telecomunicaciones. Así mismo, asesora, efectúa el planeamiento, determina las necesidades y establece la doctrina de empleo de los Sistemas de Información y Telecomunicaciones (CIS) en el ámbito del Ejército del Aire.

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