Legislación › Orden DEF/1629/2015, de 30 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército del Aire.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
1. Se faculta al Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire a desarrollar esta orden ministerial con arreglo a los términos establecidos en el artículo 3.4 y en el artículo 4, ambos de la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero.
2. Así mismo, en relación con las unidades establecidas en esta orden ministerial no pertenecientes a la Fuerza y cuyo mando corresponda al empleo de coronel, se faculta al Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire a que, como consecuencia de los procesos de reestructuración de su ejército, pueda suprimir o integrar dichas unidades, previa autorización del Ministro de Defensa. También podrá modificar el empleo del mando de la unidad a uno inmediatamente inferior con el informe favorable del Subsecretario de Defensa, en concordancia con el artículo 3.4 de la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero.
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