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Legislación › Circular 2/2015, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen las normas de balance en la red de transporte del sistema gasista.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La Circular entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

No obstante, se establecen las siguientes fechas de aplicación:

1. El 1 de noviembre de 2015:

a) En esta fecha deberá estar en aplicación el procedimiento de habilitación de usuarios, conforme a lo dispuesto en el apartado quinto.

b) En esta fecha deberá estar en aplicación el procedimiento de notificación de transferencias de titularidad de gas, conforme a lo dispuesto en el apartado sexto.

c) En esta fecha deberá estar en aplicación el procedimiento de nominación y renominación, conforme a lo dispuesto en el apartado duodécimo.

d) En esta fecha deberá estar en aplicación el procedimiento de comunicación de información a los usuarios, conforme a lo dispuesto en el apartado decimosexto.

2. El 1 de octubre de 2016 deberán estar en aplicación el resto de disposiciones.

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