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Legislación › Orden DEF/1642/2015, de 30 de julio, por la que se desarrolla la organización básica de la Armada.

Artículo 9. La Fuerza de Combate de Superficie.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de agosto de 2015 y la del 31 de mayo de 2019. Tachado: lo que se quitó (49 palabras). Subrayado: lo que se añadió (31 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 9. La Fuerza de Acción Naval. Combate de Superficie.
1. La Fuerza de Acción Naval Combate de Superficie se articula articula, entre otras unidades, en:
a) El Cuartel General, en el que se integra un Estado Mayor.
b) El
Grupo de Acción Naval 1.
c) El Grupo de Acción Naval 2.
2. El Grupo
Anfibio y de Acción Naval 1 se articula en: Proyección.
a) b) La 31.ª Escuadrilla de Escoltas. Superficie.
b) c) La 41.ª Escuadrilla de Escoltas.
3. d) La Fuerza de Medidas Contraminas.
2.
El Grupo Anfibio y de Acción Naval 2 Proyección se articula en:
a) El buque «Juan “Juan Carlos I». I”.
b) El buque «Castilla». “Castilla”.
c) El buque «Galicia». Buque “Galicia”.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de mayo de 2019 En vigor BOE-A-2019-8028 Leer Qué cambió
6 de agosto de 2015 Texto original Leer

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