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Legislación › Resolución de 30 de julio de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se dictan instrucciones para el ejercicio de la auditoría pública.

Decimonovena. Informes de auditoría pública.

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Decimonovena. Informes de auditoría pública.
1. Los resultados de cada una El resultado de las auditorías actuaciones de auditoría pública se documentarán documentará en informes escritos en los que únicamente se expondrá la información obtenida que se considere relevante. La exposición deberá efectuarse expondrán de forma clara, objetiva, exacta, objetiva y ponderada los hechos comprobados, las conclusiones obtenidas, así como las recomendaciones para la mejora de las actuaciones objeto de auditoría. Las conclusiones y sistemática recomendaciones se presentarán de forma priorizada y teniendo estarán relacionadas de manera lógica con los hechos comprobados incluidos en cuenta los resultados del trabajo. Las recomendaciones permitirán valorar al destinatario la importancia cuantitativa importancia, racionalidad y cualitativa conveniencia de la misma. su adopción.
2. La estructura y contenido de los informes de auditoría pública se ajustarán a lo las instrucciones que disponga se dicten por la correspondiente norma técnica. Oficina Nacional de Auditoría.
3. A los informes de auditoría de cuentas les será de aplicación lo dispuesto en su normativa reguladora y, supletoriamente, lo previsto en esta Resolución.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de junio de 2022 En vigor BOE-A-2022-9434 Leer Qué cambió
1 de octubre de 2015 Texto original Leer

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