Legislación › Circular 3/2015, de 23 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre especificaciones técnicas y jurídicas e información que deben contener las páginas web de las sociedades anónimas cotizadas y las cajas de ahorros que emitan valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales de valores.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
Los sujetos obligados deberán tener adaptado el contenido de sus páginas web al contenido de esta Circular con efectos 1 de enero de 2016.


