Legislación › Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña.
Disposición final primera. Desarrollo.
Disposición final primera. Desarrollo.
1. Se faculta al Gobierno para que dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley.
2. En el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno debe desarrollar los aspectos relacionados con la colaboración público-privada, el ámbito de la concertación territorial y los órganos de participación, y la coordinación con el sistema de formación y cualificación profesionales.
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