Legislación › Ley 14/2015, de 21 de julio, del impuesto sobre las viviendas vacías, y de modificación de normas tributarias y de la Ley 3/2012.
Artículo 4. Hecho imponible.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de julio de 2015 y la del 5 de mayo de 2016.
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Artículo 4. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible del impuesto sobre las viviendas vacías la desocupación permanente de una vivienda durante más de dos años sin causa justificada, puesto que dicha desocupación afecta a la función social de la propiedad de la vivienda.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de este precepto, desde el 25 de abril de 2016 para las partes en el proceso y desde el 5 de mayo de 2016 para los terceros, por providencia del TC de 28 de abril de 2016, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 2255/2016. BOE-A-2016-4313.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de septiembre de 2016 En vigor | BOE-A-2016-8871 | Leer | Qué cambió |
| 5 de mayo de 2016 | BOE-A-2016-4313 | Leer | Qué cambió |
| 24 de julio de 2015 | Texto original | Leer |


