Legislación › Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia.
Artículo 11. Efectos del proceso de reestructuración parcelaria.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de agosto de 2015 y la del 22 de mayo de 2021.
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Artículo 11. Efectos del proceso de reestructuración parcelaria.
1. Declarada de utilidad pública la reestructuración parcelaria de una zona, esta será obligatoria para todas las personas propietarias y titulares de derechos y situaciones jurídicas sobre terrenos comprendidos dentro del perímetro de reestructuración, así como para los operadores públicos y privados de redes de suministro, infraestructuras y aprovechamientos.
2. Desde la entrada en vigor del decreto de declaración de la utilidad pública de la reestructuración parcelaria, todo adquirente a título oneroso o lucrativo de terrenos afectados por el proceso quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones del transmitente que se deriven de dicho proceso.
3. Asimismo, publicado el decreto de declaración de utilidad pública de la reestructuración parcelaria, cualquier actuación que se lleve a cabo por otros órganos de cualquier otra administración pública habrá de adaptar sus actuaciones, salvo declaración de prevalencia, a la fase del proceso de reestructuración que se esté llevando a cabo.
4. Publicado el decreto por el que se declara la reestructuración parcelaria de una zona, el servicio provincial competente por razón de la materia elaborará y pondrá a disposición de todos los interesados un listado de personas titulares que deseen adquirir, enajenar o permutar terrenos aportados al proceso.
La inclusión en el referido listado podrá llevarse a cabo hasta la declaración de la firmeza de bases y será necesario que, junto con la solicitud, se autorice a la Administración al tratamiento de los datos proporcionados con el único fin de facilitarlos a terceras personas que acrediten su interés en la adquisición, enajenación o permuta de los terrenos afectados por el proceso de reestructuración e incluidos en el listado elaborado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2022 En vigor | BOE-A-2022-3415 | Leer | Qué cambió |
| 22 de mayo de 2021 | BOE-A-2021-10669 | Leer | Qué cambió |
| 3 de agosto de 2015 | Texto original | Leer |


