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Legislación › Decreto Legislativo 1/2014, de 23 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos propios.

Disposición transitoria segunda. Exenciones.

Disposición transitoria segunda. Exenciones.

Las exenciones a que se refiere el artículo 74.1.a), b) y d) resultarán de aplicación al período comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 30 de abril de 2014.

Se añade por el art. único.2 de la la Ley 1/2017, de 17 de febrero. BOE-A-2017-3482

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