LexTotal

Legislación › Ley 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética.

Artículo 2. Procedimiento extrajudicial para la resolución de situaciones de sobreendeudamiento.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de junio de 2016 y la del 1 de octubre de 2016. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 2. Procedimiento extrajudicial para la resolución de situaciones de sobreendeudamiento.
1. Los consumidores que se encuentren en una situación de sobreendeudamiento derivada de una relación de consumo, así como cualquiera de sus acreedores, pueden solicitar procedimiento extrajudicial para la resolución de dicha situación de sobreendeudamiento, salvo que se encuentren inmersos en un procedimiento judicial concursal.
2. Los procedimientos extrajudiciales para la resolución de situaciones de sobreendeudamiento son gestionados por comisiones de sobreendeudamiento, que actúan con sujeción al procedimiento administrativo, con amplias facultades de decisión, incluida la capacidad de establecer un plan de pagos o un plan de reestructuración de la deuda. Las resoluciones de las comisiones de sobreendeudamiento quedan sujetas a la revisión del juez competente.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación del apartado 2 desde el 5 de mayo de 2016 para las partes del proceso y para los terceros desde el 3 de junio de 2016, por providencia del TC de 24 de mayo de 2016 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 2501-2016. BOE-A-2016-5337. y que se mantiene la suspensión por auto del TC de 20 de septiembre de 2016. BOE-A-2016-8959.
3. Si durante la tramitación de un procedimiento extrajudicial para la resolución de una situación de sobreendeudamiento se inicia un procedimiento judicial concursal, el deudor debe comunicarlo a la comisión de sobreendeudamiento, que debe cerrar el procedimiento extrajudicial.
4. El procedimiento al que se refiere el presente artículo es un procedimiento de mediación en los términos en que lo establece el libro segundo del Código de consumo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de febrero de 2019 En vigor BOE-A-2019-2547 Leer Qué cambió
1 de octubre de 2016 BOE-A-2016-8959 Leer Qué cambió
3 de junio de 2016 BOE-A-2016-5337 Leer Qué cambió
6 de agosto de 2015 Texto original Leer

← Artículo 1 Índice Artículo 3 →