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Legislación › Ley 25/2015, de 30 de julio, del voluntariado y de fomento del asociacionismo.

Artículo 13. Deberes de los destinatarios de la acción voluntaria.

Artículo 13. Deberes de los destinatarios de la acción voluntaria.

Los destinatarios de la acción voluntaria tienen los siguientes deberes:

a) Colaborar, siempre que sea posible, con el voluntario, respetándolo y facilitándole el trabajo.

b) No ofrecer contraprestaciones, monetarias o en especie, a los voluntarios por la acción realizada.

c) Notificar con suficiente antelación a la entidad el deseo de prescindir del programa de acción voluntaria.

d) No exigir a los voluntarios actuaciones que no corresponden a la naturaleza de la acción voluntaria.

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