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Legislación › Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas.

Norma 17.ª Adaptación de los uniformes de la Unidad Militar de Emergencias.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de noviembre de 2016 y la del 23 de febrero de 2019. Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

Norma 17.ª Adaptación de los uniformes de la Unidad Militar de Emergencias.
Determinadas prendas o efectos de las modalidades de los uniformes de gala, especial relevancia, diario y trabajo podrán adaptarse en color o y diseño para obtener uniformes específicos de la Unidad Militar de Emergencias. Dichas adaptaciones respetarán las normas establecidas en esta orden y serán reguladas por el Jefe de Estado Mayor de la Defensa Unidad Militar de Emergencias mediante las instrucciones correspondientes.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de febrero de 2019 En vigor BOE-A-2019-2441 Leer Qué cambió
9 de noviembre de 2016 Texto original Leer

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