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Legislación › Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas.

Norma 27.ª Uniformes especiales.

Norma 27.ª Uniformes especiales.

Serán regulados por el Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra en las instrucciones y normas correspondientes.

– Técnicos:

– Para actividades operativas.

– Para actividades funcionales.

– Tradicionales:

– Regulares.

– Legión.

– Paracaidista.

– Históricos:

– Regimiento de Infantería «Inmemorial del Rey» n.º 1.

– Enseñanza Militar de Ingreso en la Escala de Oficiales.

– Los de aquellas unidades que los tengan aprobados.

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