Legislación › Ley 8/2016, de 28 de octubre, de Incompatibilidades y Conflictos de Intereses de Personas con Cargos Públicos no Electos.
Artículo 11. Personal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2017 y la del 27 de agosto de 2024.
Tachado: lo que se quitó (27 palabras). Subrayado: lo que se añadió (20 palabras).
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Artículo 11. Personal.
El personal adscrito a la Oficina de Control de Conflictos de Intereses será en todo caso se ajustará a lo determinado para el personal funcionario al servicio de carrera, y la provisión ordinaria administración de los puestos la Generalitat en la Ley 4/2021, de trabajo adscritos al servicio se hará, siempre, por concurso 16 de méritos a través abril, de la convocatoria función pública en el DOGV. valenciana.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de agosto de 2024 En vigor | BOE-A-2024-20162 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2017 | BOE-A-2017-1291 | Leer | Qué cambió |
| 8 de noviembre de 2016 | Texto original | Leer |


