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Legislación › Acuerdo de 15 de septiembre de 2016, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se regula el Registro General y se crea el Registro Electrónico del Tribunal.

Artículo 9. Acceso.

Artículo 9. Acceso.

1. El acceso al Registro Electrónico se efectuará a través de la sede electrónica del Tribunal, en la dirección electrónica «www.tribunalconstitucional.es».

2. No tendrán la condición de registro electrónico los buzones de correo electrónico corporativo asignados al personal o a los órganos, servicios o unidades administrativas del Tribunal Constitucional, ni los dispositivos de fax.

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