Legislación › Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid.
Artículo 48. Deporte, ocio y tiempo libre.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de agosto de 2016 y la del 30 de diciembre de 2023.
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Artículo 48. Deporte, ocio y tiempo libre.
La Comunidad de Madrid promoverá la práctica inclusiva del deporte, erradicando cualquier posible manifestación LGTBIfóbica en todos los eventos o espacios deportivos realizados en el territorio de la Comunidad Autónoma. A tal fin, los profesionales de los equipos, centros e instalaciones deportivas, tanto públicos como privados, habrán de recibir la formación necesaria para garantizar la igualdad de trato por motivos de orientación y diversidad sexual e identidad o expresión de género y el trato a las personas de acuerdo a su identidad o expresión de género. Asimismo, se promoverán medidas de acción positiva hacia las personas mayores LGTBI de cara a la integración de la tercera edad en este sector.
Las Reales Federaciones Madrileñas deportivas tendrán que cumplir con los protocolos deportivos de género para personas transexuales, y deberán eliminar cualquier comportamiento LGTBIfóbico que tenga lugar en sus competiciones o actividades, así como harán posible el uso de las instalaciones en concordancia al género autopercibido. Los clubes deberán cumplir un protocolo de actuación ante discriminación LGTBI en el deporte que desarrollará la Consejería correspondiente, así como implantar mensajes y medidas proactivas de visibilidad de la realidad LGTBI. correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para garantizar que las actividades recreativas, de ocio y tiempo libre, se disfrutan en condiciones de igualdad y respeto a la realidad LGTBI, evitando cualquier acto de prejuicio.
La Comunidad de Madrid, en la formación a monitores de tiempo libre tendrá que dotar de materiales y espacios para detectar y prevenir el acoso LGTBI, así como para concienciar del mismo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2023 En vigor | BOE-A-2024-10768 | Leer | Qué cambió |
| 11 de agosto de 2016 | Texto original | Leer |


