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Legislación › Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid.

Disposición final primera. Entrada en vigor.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de febrero de 2016 y la del 28 de diciembre de 2024. Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final primera. Desarrollo de la Ley. Entrada en vigor.
En el plazo máximo de 12 meses a partir de la entrada La presente Ley entrará en vigor de la presente Ley, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid regulará las materias pendientes de desarrollo precisas para la plena efectividad de esta Ley, sin perjuicio del desarrollo normativo que corresponda a los Ayuntamientos en el ámbito seis meses de sus competencias. su publicación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de diciembre de 2024 En vigor BOE-A-2025-5522 Leer Qué cambió
10 de febrero de 2016 Texto original Leer

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