Legislación › Real Decreto 600/2016, de 2 de diciembre, por el que se aprueban las normas generales de calidad para las caseínas y caseinatos alimentarios.
ANEXO I
ANEXO I
Requisitos aplicables a las caseínas alimentarias
I. Caseínas ácidas alimentarias.
a) Factores esenciales de composición:
1. Contenido máximo de humedad: 12 % en peso.
2. Contenido mínimo de proteínas de la leche calculado sobre extracto seco: 90 % en peso del cual, contenido mínimo en caseína: 95 % en peso.
3. Contenido máximo de materias grasas de la leche: 2 % en peso.
4. Acidez titulable máxima expresada en ml de solución de hidróxido de sodio decinormal por gramo: 0,27.
5. Contenido máximo de cenizas (P2O5 incluido): 2,5 % en peso.
6. Contenido máximo de lactosa anhidra: 1 % en peso.
7. Contenido máximo de sedimentos (partículas quemadas): 22,5 mg en 25 g.
b) Contaminantes: Contenido máximo de plomo: 0,75 mg/kg.
c) Impurezas: Materias extrañas (tales como partículas de madera, metal, pelos o fragmentos de insectos) nada en 25 g.
d) Coadyuvantes tecnológicos, cultivos bacterianos e ingredientes autorizados.
1. Ácidos:
– Ácido láctico.
– Ácido clorhídrico.
– Ácido sulfúrico.
– Ácido cítrico.
– Ácido acético.
– Ácido ortofosfórico.
2. Cultivos bacterianos que produzcan ácido láctico.
3. Lactosuero.
e) Características organolépticas.
1. Olor: Ausencia de olores extraños.
2. Aspecto: Color que vaya del blanco al blanco crema; el producto deberá estar exento de grumos que resistan a una presión ligera.
II. Caseínas de cuajo alimentarias.
a) Factores esenciales de composición
1. Contenido máximo de humedad: 12 % en peso.
2. Contenido mínimo de proteínas de la leche calculado sobre el extracto seco: 84 % en peso del cual, contenido mínimo de caseínas: 95 % en peso.
3. Contenido máximo de materias grasas de la leche: 2 % en peso.
4. Contenido mínimo de cenizas (P2O5 incluido): 7,5 % en peso.
5. Contenido máximo de lactosa anhidra: 1 % en peso.
6. Contenido máximo de sedimentos (partículas quemadas): 15 mg en 25 g.
b) Contaminantes: Contenido máximo de plomo: 0,75 mg/kg.
c) Impurezas: Materias extrañas (tales como partículas de madera, metal, pelos o fragmentos de insectos) nada en 25 g.
d) Coadyuvantes tecnológicos:
– Cuajo que cumpla los requisitos del Reglamento (CE) no 1332/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre enzimas alimentarias;
– Otras enzimas que coagulen la leche y que cumplan los requisitos del Reglamento (CE) n.o 1332/2008.
e) Características organolépticas
1. Olor: Ausencia de olores extraños.
2. Aspecto: Color que vaya del blanco al blanco crema; el producto deberá estar exento de grumos que resistan a una presión ligera.


