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Legislación › Ley 9/2016, de 3 de noviembre, de reducción de la pobreza energética de Aragón.

Disposición final segunda. Plazo para la aprobación del Plan de medidas de eficiencia energética.

Disposición final segunda. Plazo para la aprobación del Plan de medidas de eficiencia energética.

El Plan de medidas de eficiencia energética deberá estar aprobado en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de esta ley.

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