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Legislación › Orden ETU/1977/2016, de 23 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para 2017.

Artículo 7. Retribución transitoria financiera y costes de operación y mantenimiento provisionales de la planta de regasificación de El Musel.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2017 y la del 4 de junio de 2019. Tachado: lo que se quitó (127 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 7. Retribución transitoria financiera y costes de operación y mantenimiento provisionales de la planta de regasificación de El Musel.
1. La retribución transitoria financiera de la planta de regasificación de El Musel, a percibir por Enagas Transporte, S.A.U. para el año 2017, será de 19.440.979,78 euros.
2. La retribución por costes de operación y mantenimiento provisionales durante el año 2017 de la planta de regasificación de El Musel, a percibir por Enagas Transporte, S.A.U. será de 4.164.544,80 euros.
3. La retribución financiera transitoria y la retribución de los costes de operación y mantenimiento provisionales del año 2017 se incluirán en las liquidaciones del ejercicio 2017.
4. La retribución definitiva por operación y mantenimiento se aprobará, previa propuesta de la Comisión de los Mercados y la Competencia, una vez que se disponga de las correspondientes auditorías, abonándose o cargándose a la compañía los saldos que se produzcan.
(Anulado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de junio de 2019 En vigor BOE-A-2019-8244 Leer Qué cambió
1 de enero de 2017 Texto original Leer

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