Legislación › Orden ETU/1977/2016, de 23 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para 2017.
Artículo 7. Retribución transitoria financiera y costes de operación y mantenimiento provisionales de la planta de regasificación de El Musel.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2017 y la del 4 de junio de 2019.
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Artículo 7. Retribución transitoria financiera y costes de operación y mantenimiento provisionales de la planta de regasificación de El Musel.
1. La retribución transitoria financiera de la planta de regasificación de El Musel, a percibir por Enagas Transporte, S.A.U. para el año 2017, será de 19.440.979,78 euros. (Anulado)
2. La retribución por costes de operación y mantenimiento provisionales durante el año 2017 de la planta de regasificación de El Musel, a percibir por Enagas Transporte, S.A.U. será de 4.164.544,80 euros.
3. La retribución financiera transitoria y la retribución de los costes de operación y mantenimiento provisionales del año 2017 se incluirán en las liquidaciones del ejercicio 2017.
4. La retribución definitiva por operación y mantenimiento se aprobará, previa propuesta de la Comisión de los Mercados y la Competencia, una vez que se disponga de las correspondientes auditorías, abonándose o cargándose a la compañía los saldos que se produzcan.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de junio de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8244 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2017 | Texto original | Leer |


