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Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.

En vigor Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente · Publicada el 31 de diciembre de 2016 · Último cambio el 31 de diciembre de 2020 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.
  3. Disposición adicional única. Remisiones normativas.
  4. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  5. Disposición final única. Entrada en vigor.
  6. [firma]
  7. TEXTO
  8. TÍTULO I
  9. Artículo 1. Objeto.
  10. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  11. Artículo 3. Definiciones.
  12. Artículo 4. Principios informadores de la autorización ambiental integrada.
  13. Artículo 5. Obligaciones de los titulares de las instalaciones.
  14. Artículo 6. Cooperación interadministrativa.
  15. TÍTULO II
  16. Artículo 7. Valores límite de emisión y medidas técnicas equivalentes.
  17. Artículo 8. Información, comunicación y acceso a la información.
  18. TÍTULO III
  19. CAPÍTULO I
  20. Artículo 9. Instalaciones sometidas a la autorización ambiental integrada.
  21. Artículo 10. Modificación de la instalación.
  22. Artículo 11. Finalidad de la autorización ambiental integrada.
  23. CAPÍTULO II
  24. Artículo 12. Contenido de la solicitud.
  25. Artículo 13. Presentación de la solicitud.
  26. Artículo 14. Tramitación.
  27. Artículo 15. Informe urbanístico del Ayuntamiento.
  28. Artículo 16. Información pública.
  29. Artículo 17. Informes.
  30. Artículo 18. Informe del Ayuntamiento.
  31. Artículo 19. Informe del organismo de cuenca. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
  32. Artículo 20. Propuesta de resolución y trámite de audiencia.
  33. Artículo 21. Resolución. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
  34. Artículo 22. Contenido de la autorización.
  35. Artículo 23. Cierre de la instalación.
  36. Artículo 24. Notificación y publicidad.
  37. Artículo 25. Impugnación.
  38. Artículo 26. Revisión de la autorización ambiental integrada.
  39. Artículo 27. Actividades con efectos negativos intercomunitarios o transfronterizos.
  40. CAPÍTULO III
  41. Artículo 28. Coordinación con el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
  42. Artículo 29. Coordinación con el régimen aplicable en materia de actividades clasificadas.
  43. TÍTULO IV
  44. Artículo 30. Control, inspección y sanción.
  45. Artículo 31. Infracciones.
  46. Artículo 32. Sanciones.
  47. Artículo 33. Graduación de las sanciones.
  48. Artículo 34. Concurrencia de sanciones.
  49. Artículo 35. Medidas de carácter provisional.
  50. Artículo 36. Obligación de reponer y multas coercitivas.
  51. Disposición transitoria primera. Actualización de las autorizaciones ambientales integradas.
  52. Disposición transitoria segunda. Aplicación transitoria.
  53. Disposición transitoria tercera. Vigencia de los documentos de referencia MTD.
  54. Disposición final primera. Adecuación al régimen establecido en el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
  55. Disposición final segunda. Fundamento constitucional.
  56. Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
  57. Disposición final cuarta. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
  58. ANEJO I
  59. ANEJO II
  60. ANEJO III
  61. ANEJO IV